BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DIRIGIDAS A FINANCIAR PROYECTOS SOCIALES

 

  PRIMERA: INTRODUCCIÓN.

Somos Oviedo/Uviéu nace del trabajo de un colectivo humano que participó activamente en el proceso de las elecciones municipales al Ayuntamiento de Oviedo el 24 de mayo de 2015.

La Candidatura de Unidad Popular (CUP) Somos Oviedo fue constituida para contribuir democráticamente a la determinación de la política local y a la formación de la voluntad política de la ciudadanía,así como para promover su participación activa en las instituciones representativas de carácter político mediante la presentación, apoyo

de candidaturas y la toma de decisiones públicas a través de los mecanismos que se articulen, tanto en las correspondientes elecciones como en la formación del gobierno local, con arreglo a los siguientes fines específicos:

  • Promover y defender la democracia, los Derechos Humanos y el bienestar social en todos los ámbitos de la sociedad.
  • Fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas que afectan a la gestión municipal.
  • Denunciar toda trama de corrupción y acabar con prácticas que implique el abuso de poder o prácticas clientelares desde las instituciones públicas, estableciendo mecanismos que garanticen el control de la gestión y el uso del dinero público por los representantes elegidos.

Todas las personas que integraron la CUP tras el proceso de  primarias suscribieron un Código Ético de obligado cumplimiento, entre cuyas cláusulas figura la siguiente:

Una limitación salarial de tres veces el salario mínimo interprofesional.

Las remuneraciones adicionales que por este motivo deban ser rechazadas por el cargo público, serán destinadas bien al sostenimiento de la agrupación de electores, bien a organizaciones sin ánimo de lucro y movimientos sociales, siempre en el marco de la legalidad y la transparencia.

Las personas que en su caso fuera necesario contratar por el Grupo Municipal de la CUP estarán sujetas a los compromisos éticos que se exigen a los cargos públicos. Se establecerá un tope salarial en el triple del salario mínimo interprofesional.

En cumplimiento de los mencionados compromisos asumidos, nace esta iniciativa denominada “Faciendo Ciudá” para facilitar y apoyar el desarrollo de iniciativas, causas sociales y proyectos que busquen construir una sociedad más justa, igualitaria y democrática y sean acordes con el ideario de Somos Oviedo.

La dotación económica para Faciendo Ciudá proviene del remanente salarial de los cargos públicos electos de la CUP Somos Oviedo y de las distintas personas que han sido contratadas desde el Grupo Municipal para prestar sus servicios como personal eventual del mismo.

SEGUNDA: OBJETO.

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de  ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva,  a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como a  colectivos de ciudadanos que persigan fines de  interés social, para ser destinadas al desarrollo de programas que busquen construir una sociedad más justa, igualitaria y democrática y sean acordes con el ideario de Somos Oviedo.

TERCERA: LÍNEAS PRIORITARIAS:

Los proyectos que se presenten tendrán que enmarcarse en alguna de las siguientes temáticas, que tendrán carácter prioritario, a saber:

1. Arte y cultura.

2. Educación e igualdad.

3. Inclusión social.

4. Salud y deporte.

5. Medio ambiente.

6. Difusión de pensamiento crítico y compromiso social.

7. Otras iniciativas que se consideren de interés.

CUARTA: ÁMBITO DE ACTUACIÓN.

La dotación económica en que consiste la ayuda se concederá para desarrollar proyectos en el concejo de Oviedo, tanto en la zona urbana como en el  medio rural, sin perjuicio de que por la propia entidad del proyecto y para su mejor ejecución, éste pudiera tener una mayor repercusión geográfica al objeto de lograr la confluencia de actuación a otras escalas territoriales que impliquen crear redes de acción y solidaridad.

QUINTA: CONVOCATORIAS.

Siempre que ello sea posible, el número de convocatorias será de  2 a lo largo del año, y se velará para que entre ambas se deje transcurrir un periodo de 6 meses.

La convocatoria determina el momento de inicio del procedimiento de concesión de las ayudas, indicándose en cada una de ellas cuál será el plazo a partir del cual podrán presentarse las solicitudes, si bien el régimen regulador de la concesión de estas aportaciones será el establecido en las presentes bases.

SEXTA: APORTACIÓN ECONÓMICA.

En cada una de las  convocatorias se determinará el importe de la ayuda a conceder. En el caso de que no se hubiera agotado la totalidad del presupuesto, el excedente se guardará para futuras ediciones o se destinará para financiar gastos sociales.

SÉPTIMA: REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

Podrán concurrir a cada una de las convocatorias las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social en los ámbitos descritos en estasvbases, dentro del territorio del Municipio de Oviedo y que reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.

2. Carecer de fin de lucro, circunstancia ésta que debe constar de forma explícita en sus estatutos constitutivos.

3. Estar domiciliadas en el territorio del Principado de Asturias.

Asimismo, podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en las presentes bases, aquéllos  colectivos ciudadanos que sin adoptar ninguna forma jurídica concreta, presten servicios dirigidos a satisfacer las necesidades y demandas del municipio, siendo competencia de la Comisión de Valoración apreciar la trayectoria y fines de estos colectivos.

Aquellas entidades y/o colectivos que hubieran obtenido la ayuda económica en una convocatoria, no podrán resultar beneficiarias de otras aportaciones que se pudieran conceder en el mismo ejercicio presupuestario.

OCTAVA: OBLIGACIONES.

Las entidades y los colectivos que hubiesen resultado beneficiarios de la ayuda económica deberán cumplir las siguientes obligaciones:

Cumplir el objetivo, realizar la actividad o ejecutar el proyecto que fundamente la concesión de la aportación en un plazo máximo de 12 meses, iniciándolo en el ejercicio presupuestario de la convocatoria, o como máximo un mes después de recibir la ayuda. Es responsabilidad del colectivo premiado el facilitar el medio de pago de la ayuda.

 Justificar, mediante una memoria final a entregar,la realización de la actividad o proyecto y el cumplimiento de la finalidad determinantes de la concesión de la ayuda.

 A efectos de verificar la correcta ejecución de los proyectos subvencionados, las entidades y colectivos beneficiarios se comprometen afacilitar las actuaciones de  evaluación y seguimiento del desarrollo de dichos proyectos por parte de los órganos de valoración, así como a prestar toda la  información que para ello les sea requerida en el ejercicio de esas actuaciones.

 En el momento en el que las entidades y colectivos reciban la notificación de que han resultado beneficiarias de la ayuda económica, así como del importe de la misma, deberán de comprometerse por escrito a que el proyecto subvencionado se ejecutará íntegramente en los términos recogidos en la solicitud de participación. Si bien, en caso de que la cuantía otorgada sea inferior al monto solicitado, la entidad o colectivo solicitante podrá enviar en un plazo máximo de un mes, una reformulación de los alcances y presupuesto del proyecto para ajustarla al total concedido.

En caso de  incumplimiento de las anteriores obligaciones, las entidades y colectivos  no podrán presentarse ni resultarán beneficiarias de las ayudas que se pudieran conceder en futuras convocatorias cuando el incumplimiento sea parcial. Si la Comisión de Valoración determina que el incumplimiento es extremo o total, se requerirá a la entidad para que  devuelva la ayuda.

NOVENA: SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Las solicitudes de participación se presentarán en el  plazo,   lugar y forma que se fije en cada una de las  convocatorias.

DÉCIMA: CRITERIOS DE VALORACIÓN.

La valoración de los proyectos presentados se llevará a cabo por  una  Comisión de Valoración constituida al efecto.

Los  criterios de valoración que se tendrán en cuenta serán los siguientes:

1. Que tanto el proyecto presentado como la entidad solicitante reúnen los requisitos y condiciones establecidos en las presentes bases y no vulneran el código ético de Somos Oviedo ni van en contra de su ideario.

2. La experiencia, trayectoria y presencia de la entidad y/o del colectivo ciudadano solicitante, en el desarrollo de acciones similares a los fines del programa para el que solicita la ayuda u otros destinados a fines y acciones semejante.

3. La presencia y nivel de compromiso, tanto de las entidades y colectivos, como de las personas que los integran en todas las luchas y reivindicaciones sociales que han tenido lugar en el municipio de Oviedo en los últimos años.

4. La adecuación técnica del programa (definición de las necesidades sociales, planificación y evaluación, medios para su ejecución, valoración de costes)

5. El respeto por la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

6. Los proyectos que se presenten deberán respetar la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos inherentes de la Madre Tierra.

UNDÉCIMA: CUANTÍA DE LA AYUDA.

El importe específico de la aportación económica que en cada  convocatoria se conceda para financiar los proyectos aprobados será determinado por la  Comisión de Valoración.

DUODÉCIMA: PROCEDIMIENTO.

Primera Fase: Convocatoria.

Cada una de las convocatorias se hará pública en la web www.somosoviedo.org así como a través de todos los medios que permitan su máxima difusión.

Dentro del plazo concedido, quienes deseen participar presentarán sus solicitudes en el lugar, plazo y forma que aquélla determine.

Segunda Fase: Valoración y preselección.

Recibidas las solicitudes, la Comisión de Valoración comprobará y verificará que cumplen los requisitos exigidos en las presentes bases y en función de su adecuación a los criterios  de ponderación, valorará los proyectos presentados y preseleccionará al menos el doble de los proyectos que se vayan a someter a votación. Los resultados de la preselección se harán públicos en la web www.somosoviedo.org.

Tercera Fase: Votación.

Los proyectos preseleccionados se someterán a votación, resultando elegido/s el/los que hubiera/n obtenido mayor número de votos.

La votación estará abierta a toda la ciudadanía en la forma que se determine en la respectiva convocatoria.

Los resultados de las votaciones podrán ser consultados en la página web www.somosoviedo.org.

Cuarta Fase: Notificación y Pago.

La Comisión de Valoración notificará el resultado de las votaciones a todas las entidades o colectivos que hayan sido valoradas.

En el plazo no superior a un mes, a contar desde dicha notificación, se efectuará el ingreso de la aportación económica, debiendo iniciarse la ejecución del proyecto según lo recogido en

la base octava de las presentes bases reguladoras.  El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la entidad beneficiaria.

 


En Oviedo, a 5 de noviembre de 2015.

*Corregido en Oviedo a 7 de noviembre de 2018